Resolución de 5 de abril de 2017 (BOE 19 de abril de 2017). Descargar Resolución.
Se presenta una escritura de cambio de administrador de una sociedad con objeto profesional sin haberse adaptado a la Ley de Sociedades Profesionales. El Registrador rechaza su inscripción al haberse disuelto por falta de adaptación arreglo a lo dispuesto en la disposición transitoria 1.ª de la Ley 2/2007.
La DGRN reitera su doctrina de otras muchas resoluciones en el sentido de que el asiento está bajo la salvaguarda de los Tribunales y ya lo único posibles es o la rectificación del Registro o la reactivación de la sociedad para después adoptar los acuerdos que interesen a los socios.