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Resolución de 29 de julio de 2024 (BOE 10 de octubre de 2024). Descargar

En escritura de 30 de enero de 2023 se declara obra y se extingue condominio por los copropietarios adjudicando a uno de ellos. El 24 de enero de 2024 se rectifica esa escritura por el único propietario adjudicatario, en la que se modifica la identificación de la planta sótano por planta baja.
La Dirección General confirma la nota porque de tratarse de una finca registral ordinaria, no habría objeción para esta rectificación, pero ocurre en este supuesto que, conforme resulta de la finca matriz del Registro, se trata de una propiedad horizontal de hecho, y, por tanto, cualquier cambio en la descripción de elementos privativos o comunes afecta al título constitutivo del edificio y supone una modificación de la propiedad horizontal, de manera que se hace preciso el consentimiento de todos los titulares de derechos inscritos o anotados que puedan verse perjudicados o, en su defecto, deberá acudirse a un procedimiento judicial entablado contra aquéllos. Debido a esto, la registradora exige la unanimidad de todos los propietarios del edificio.

 

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