Resolución de 10 de enero de 2025 (BOE 13 de febrero de 2025). Descargar
Se debate si resulta preceptivo presentar el libro del edificio y el certificado de eficiencia energética para declarar una obra nueva terminada en Galicia consistente en una nave industrial como exige la registradora. La Dirección General estima el recurso dado que el artículo 2 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de Vivienda de Galicia, y el artículo 2.2.d) del Decreto 128/2016, de 25 de agosto, por el que se regula la certificación energética de edificios en la Comunidad Autónoma de Galicia, los exigen únicamente para edificaciones destinadas a viviendas.