Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 2 de Abril de 2.014. (B.O.E. de 5 de Mayo de 2.014). Descargar Resolución.

Para inscribir una ampliación y novación de hipoteca (anterior a la Ley 1/2013),  que ya incluyese los pactos de ejecución judicial y extrajudicial, no se precisa pactar expresamente que el vencimiento anticipado del préstamo sólo será posible por impago de al menos tres cuotas mensuales o su equivalente, ni que el procedimiento de venta extrajudicial tendrá lugar sólo por falta de capital o de los intereses de la cantidad garantizada. En cambio, si ahora mediante la novación se pretendieran introducir ex novo tales cláusulas, las exigencias de la Ley 1/2.013 resultarían de plena aplicación.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo