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VICTORIO MAGARIÑOS
Notario

Jornada sobre el déficit democrático en el Notariado

El debate celebrado en Madrid, organizado por su Colegio Notarial, ha puesto sobre la mesa, con opiniones y argumentos bien fundados, uno de los problemas pendientes de solución que tiene planteado el Notariado.  El de la necesidad de un cambio en la organización de sus órganos directivos, en especial del Consejo General, para que se acomoden a las necesidades de nuestro tiempo.
Ha quedado bien claro que este órgano no se adapta ni en su estructura ni en el modo de elección de sus miembros  a las funciones que hoy desempeña. Nacido para coordinar a los Decanos de los Colegios Notariales, poco a poco, y, en los últimos años con gran rapidez, ha ido asumiendo una serie de cometidos que la realidad socio política y el desarrollo tecnológico fueron demandando. Por lo que su funcionamiento choca, desde hace ya bastante tiempo, con una serie de reglas básicas o principios que deben orientar la composición y elección de cualquier órgano de representación y de poder.
Ha quedado claro, también, que el Presidente del Consejo debe ser elegido directamente por todos los notarios de España. Pues, siendo su principal función dirigir la política del Notariado, que es un Cuerpo único, dado el carácter unitario del instrumento público, eje de la función notarial, lo razonable es que sean todos los notarios los que intervengan en su elección de modo directo, como elocuente y fundadamente expuso  Alfonso Madridejos y resumió Julio Burdiel.
Esta idea, además de ser irrefutable desde el punto de vista de la teoría de la participación democrática, goza del refrendo de la gran mayoría de los notarios de España, a juzgar por la encuesta publicada por la revista "El Notario del Siglo XXI", y por las opiniones vertidas en la Jornada de Madrid. Y es clave para la unión del Notariado, tan disperso e individualizado como está en la actualidad.
Además, se trata de una idea que no es novedosa. Por el contrario, es recurrente y ha sido expuesta y analizada en diversas ocasiones en congresos y foros notariales. Se trata de una propuesta muy meditada, debatida y madura. Por lo que la demanda de una posposición reflexiva podría suponer una táctica dilatoria de consecuencias perjudiciales.
Por lo tanto, a mi juicio, para llevarla a la práctica no se requieren más debates que los precisos para concretar y sintetizar la norma que la vitalice y active.
Sería deseable, tal como se expuso en el debate de Madrid, y, a mi juicio necesario y urgente, que se inicie ya el estudio de una regulación adecuada al efecto, para que sea posible, sin más dilaciones, su aplicación cuando se renueve la actual Presidencia del Consejo General.

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