Resolución de 24 de abril de 2024 (BOE 15 de mayo de 2024). Descargar
Es objeto de recurso la negativa del registrador a inscribir una decisión del administrador único por la que se nombra auditor de cuentas de la sociedad para el ejercicio 2023, por estar cerrado el Registro por falta de los depósitos de cuentas de los ejercicios 2020 y 2021.
La Dirección General desestima el recurso y confirma la nota de calificación, pues el cierre del Registro constituye una sanción contra la sociedad por el incumplimiento de la obligación legal de depositar sus cuentas anuales, que no se aplica en relación con determinadas inscripciones que enumera el artículo 282.2 de la Ley de Sociedades de Capital, entre las que no se encuentra el nombramiento de auditores.