Resolución de 1 de abril de 2025 (BOE 17 de mayo de 2025). Descargar
La existencia de artículos estatutarios que, aun teniendo distinto contenido están encabezados con el mismo número -con la consiguiente confusión que provoca- es contraria a la necesaria claridad exigible a los documentos presentados a inscripción (cfr. arts. 9, 18 y 21 LH) e impide la inscripción de la escritura de constitución de sociedad que los contiene.