Resolución de 15 de octubre de 2021 (BOE 12 de noviembre de 2021). Descargar
Inscrita una compraventa con carácter ganancial según lo manifestado por la compradora, ésta misma solicita a posteriori la rectificación del carácter ganancial de la adquisición, aduciendo que su régimen matrimonial era el británico y no de gananciales y que en la actualidad estaba en trámites de divorcio y, además, aportando documentos privados, o mera fotocopia de los mismos.
Se señala, que no ha quedado probado documentalmente, en forma fehaciente, la ley aplicable a los efectos patrimoniales del matrimonio, ni el régimen económico vigente en el momento de la adquisición del bien, por ello, la escritura de rectificación otorgada sin el consentimiento expreso de ambos titulares registrales no constituye título apto para la rectificación del asiento. No obstante, aún puede lograrse la rectificación pretendida, sin consentimiento del excónyuge de la recurrente, si media resolución judicial adecuada.