Resolución de 17 de septiembre de 2025 (BOE 19 de diciembre de 2025). Descargar
Se trata de una escritura de herencia en la que, respecto de la herencia de un heredero fallecido, se reseña el acta de declaración de herederos. La registradora alega que no se acredita quiénes son los herederos aportando el acta del requerimiento inicial donde se incorpora la prueba documental y testifical (certificado de defunción del causante y certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad).
La Dirección General estima el recurso, señalando que la determinación de los herederos ab intestato resulta del desarrollo probatorio (documental y testifical) que conduce a la declaración de notoriedad, que está amparada por la fe notarial; para desvirtuar el juicio de notoriedad emitido por el notario hay que señalar y explicar, debida y motivadamente, en la calificación, qué falta, qué se ha omitido o qué se ha realizado o consignado incorrectamente en el acta final.






















