Resolución de 14 de noviembre de 2025 (BOE 2 de marzo de 2026). Descargar
Otorgan dos hermanos una escritura de herencia. La hermana es curadora de su hermano, declarado incapaz parcialmente en sentencia de 2007. La registradora exige autorización judicial para la inscripción, considerando que es una curatela representativa, y, además, un defensor judicial porque hay un conflicto de intereses.
El notario recurrente consigue que la Dirección General estime que la curatela es realmente asistencial y que no necesita tal autorización judicial, si bien nada alegó respecto del conflicto de intereses, siendo confirmado este segundo defecto.






















