Resolución de 12 de Junio de 2.013 (B.O.E. 12 de Julio de 2.013). Descargar Resolución.
Un cónyuge casado en gananciales adquiere la mitad indivisa de un bien y manifiesta que el dinero invertido es privativo. Al objeto de corroborar dicha procedencia privativa, se aludía en la escritura a que el precio de la venta previa de bienes hereditarios que había recibido era por un importe mayor que el precio de esta venta, y que aquel precio no lo había destinado con anterioridad a acto o negocio alguno.
La Registradora alega que no se prueba fehacientemente el origen del dinero, dado su carácter fungible, y por ello que no se destruye la presunción de ganancialidad del mismo.
La D.G.R.N. mantiene la calificación, interpretando que para destruir la presunción de ganancialidad no basta la manifestación del comprador sino que es necesaria una prueba fehaciente del origen del dinero, que debe ser exactamente el mismo que se obtuvo con carácter privativo, y admite que ello no es sencillo.