Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 9 de Abril de 2012 (B.O.E. de 17 de Mayo de 2.012). Descargar Resolución.

Se otorga una escritura de subsanación en la que se omitió aportar expresamente un bien a una escritura de disolución y liquidación de sociedad de gananciales previa. El Registrador entiende que se está haciendo una aportación de presente, en el momento de la subsanación, y que ello no es posible pues la sociedad de gananciales ya está disuelta y liquidada.
La D.G.R.N. revoca la nota del Registrador y ordena la inscripción pues, siendo válida la causa, en el caso concreto considera que se ha aclarado convenientemente que la aportación se efectuó con carácter previo a la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo