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Resolución de 16 de mayo de 2018 (BOE 30 de mayo de 2018). Idéntica la Resolución de 21 de mayo de 2018 (BOE 8 de junio de 2018). Descargar y Descargar

Se presenta un convenio regulador en el que tras decir que el régimen económico matrimonial es el de la sociedad de gananciales se incorpora un bien (sin que se trae de la vivienda familiar) adquirido por ambos esposos en régimen de separación de bienes, régimen existente antes de adoptar la sociedad de gananciales El registrador califica negativamente señalando que en convenio regulador no pueden incluirse bienes privativos de uno de los cónyuges. La Dirección General confirma la nota de calificación.

 

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