Resolución de 19 de abril de 2023 (BOE 8 de mayo de 2023). Descargar
Se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia con ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal, en cuyo inventario hay dos fincas registrales; y una posterior escritura de rectificación, que afecta únicamente a la finca registral dividida horizontalmente, solicitando los comparecientes expresamente la inscripción de la misma. Señala la registradora en su nota de calificación que la inscripción parcial no se considera posible si no es expresamente solicitada por los interesados, ya que la rogación acerca de la inscripción es única, máxime cuando se trata de un negocio jurídico complejo, lo que haría precisa una solicitud expresa de inscripción en los distintos términos que sean posibles.
La Dirección General estima el recurso y revoca la nota de calificación, señalando que únicamente es admitido que el registrador de la Propiedad practique de oficio una inscripción parcial, cuando el defecto de que se trate afecte solo a alguna de las fincas o derechos independientes objeto del negocio jurídico escriturado, o cuando la escritura pública comprenda diferentes negocios jurídicos; por lo que, en el presente caso, siendo que el pacto denegado solo afecta a la esencialidad de la división horizontal, debe concluirse que cabe la inscripción de los otros negocios jurídicos realizados.