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Resolución de 29 de febrero de 2024 (BOE 20 de marzo de 2024). Descargar

Ante la presentación de una escritura de novación de préstamo hipotecario, se emite por parte del registrador una nota de defectos. El Notario recurrente reclama contra un supuesto informe de una llamada comisión de Consultas Doctrinales del Colegio de Registradores, que es mencionado por el registrador para sustentar la negativa a la inscripción, como si fuera dicha comisión una fuente del Derecho.
La Dirección General de nuevo, ante una anterior resolución contra el mismo registrador, señala que no es admisible una calificación verbal o con formalidades menores que las legalmente establecidas y la pretendida existencia de una fase previa de calificación material no sujeta a tales formalidades, ni calificaciones informales.
Respecto del fondo del asunto establece el Centro Directivo que es necesario hacer constar la expresión numérica del diferencial a efectos de calcular la comisión por pérdida financiera.

 

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