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Resolución de 21 de marzo de 2024 (BOE 16 de abril de 2024). Descargar

Se deniega la extensión de un asiento de presentación relativo a un documento consistente en una fotocopia de un informe pericial donde no consta firma alguna, junto con otro documento que es una copia de una sentencia sin código seguro de verificación del Juzgado, por lo que no puede comprobarse su validez y exactitud. La Dirección General desestima el recurso y confirma la nota de calificación del registrador, pues conforme al artículo 420 del Reglamento Hipotecario no puede practicarse asiento de presentación de los documentos que por su naturaleza no puedan provocar operación registral alguna.

 

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