Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 22 de julio de 2024 (BOE 30 de octubre de 2024). Descargar

Se deniega la práctica de un asiento de presentación relativo una instancia privada en virtud de la cual se solicita a la registradora que proceda a dictar resolución dejando sin efecto un Proyecto de Reparcelación del desarrollo urbanístico, al ser nulo de pleno derecho, señalando que no es competencia ni función de un registrador de la propiedad dictar una resolución decretando la nulidad de un proyecto de reparcelación.
La Dirección General, desestima el recurso y confirma la nota de calificación, pues dichos documentos no son susceptibles de provocar asiento alguno en el Registro de la Propiedad, añadiendo que los asientos practicados en el registro están bajo la salvaguardia de los tribunales conforme al artículo 1, párrafo tercero, LH, y deberá ser una resolución judicial la que decrete de forma expresa y clara la nulidad de del proyecto de reparcelación en cuya virtud se extendieron, ordenando al Registrador practicar los asientos oportunos.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo