Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 10 de junio de 2025 (BOE 3 de julio de 2025). Descargar

Apreciada por la registradora la posible existencia de doble inmatriculación y notificado el titular registral afectado, que no ha iniciado el procedimiento, para comparecer en el Registro de la Propiedad, interpone recurso solicitando que se anule o dejo sin efecto la decisión de la registradora sobre la existencia de la doble inmatriculación.
La Dirección General reitera que el objeto del expediente de recurso contra calificaciones de registradores de la Propiedad es exclusivamente la determinación de si la calificación es o no ajustada a Derecho; sin que tenga por objeto cualquier otra pretensión de la parte recurrente, como rectificar asientos ya practicados o resolver respecto de expedientes de doble inmatriculación iniciados.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo