Resolución de 26 de Noviembre de 2.012. (B.O.E. de 19 de Diciembre de 2.012). Descargar Resolución.
El único problema que se plantea en el presente recurso radica en dilucidar si, declarada la resolución de una permuta por el ejercicio de una condición resolutoria expresa, es posible cancelar los asientos que gravaban el dominio resuelto, siendo así que los titulares de tales derechos no han intervenido en el procedimiento.
La D.G.R.N. confirma la calificación. Los efectos de la sentencia se concretan a las partes litigantes y la rectificación de los asientos registrales presupone el consentimiento de sus titulares o una sentencia firme dictada en juicio declarativo entablado contra todos aquellos a quienes el asiento atribuye algún derecho, no habiéndose producido en el presente supuesto.