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Resolución de 30 de Octubre de 2.012 (B.O.E. de 5 de Diciembre de 2.012). Descargar Resolución.

Se eleva a pública en 2.011 una compraventa en documento privado de 1.998, con confesión de privatividad de la esposa del comprador, y éste, a los dos meses, aporta la finca a la sociedad ganancial. El Registrador considera que se trata de una documentación instrumental, si bien la Dirección General lo niega por el transcurso de más de doce años, contados desde la fecha del fallecimiento del vendedor, fecha fehaciente conforme a lo dispuesto en el art. 1.227 del Código Civil.

 

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