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Resolución de 27 de junio 2015 (BOE 11 de agosto de 2015). Descargar Resolución.

Se plantea en este recurso la posibilidad de acceder a la rectificación de una inscripción de entrega de legado en la que, según el recurrente, se incurrió en error de concepto porque no sujetó la finca a la carga que venía determinada en la cláusula testamentaria que preveía el legado.
El Registrador en su nota de calificación manifiesta expresamente que no se considera que haya existido en este caso un error en su actuación, por lo que no se estima procedente la rectificación interesada, correspondiendo, por tanto, estar a lo establecido en el artículo 218 LH.

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