Resolución de 28 de Febrero de 2.012 (B.O.E. de 4 de Mayo de 2.012). Descargar Resolución.
Tal acta se limita a manifestar la identidad el título adquisitivo de una de las fincas inventariadas en una escritura de adjudicación de herencia y a transcribir la descripción de la finca de procedencia de aquélla, tomada de documento privado existente de liquidación de impuesto. Se han omitido los presupuestos de accesibilidad registral: no tanto por razón del soporte formal (aunque no sea escritura pública), sino más bien por la carencia de contenido de acto o contrato susceptible de inscripción ex artículos 2, 4 de la Ley Hipotecaria y 33 de su Reglamento.
Asimismo, no cabe modificar los asientos registrales a espaldas de los propios titulares articulado en documento auténtico, salvo que haya recaído sentencia judicial que así lo ordene.