Resolución de 25 de Agosto de 2.011 ((B.O.E. de 28 de Noviembre de 2.011). Descargar Resolución.
Por esa razón, inscrita la propiedad de la finca a favor del adjudicatario de un procedimiento de apremio seguido por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el anterior titular registral, la escritura de venta otorgada por dicho titular ejecutado, ya no puede acceder al Registro por falta de tracto, aun cuando extrarregistralmente dicha escritura fuera anterior al embargo, dado que se presentó con posterioridad a la inscripción a favor del ejecutante adjudicatario.