Resolución de 7 de junio de 2016 (BOE de 28 de junio de 2016). Descargar Resolución.
El mismo día del otorgamiento de una escritura de compraventa se remitió por fax al Registro la comunicación de haberse autorizado, dando lugar al correspondiente asiento de presentación, que, conforme al artículo 418 del Reglamento Hipotecario tiene una vigencia de diez días hábiles, debiendo presentarse, en dicho plazo, la copia auténtica de la escritura que lo motivó. Pero, al no haber sido presentada ésta en el Registro, provocó la caducidad del asiento, perdiendo la prioridad ganada, y sin que los ahora recurrentes puedan beneficiarse de las ventajas y garantías de la inscripción.