Resolución de 10 de abril de 2017 (BOE 26 de abril de 2017). Descargar Resolución.
El objeto del recurso es la posibilidad de inscribir una escritura de compraventa otorgada por el anterior titular registral y presentada en el Registro después de que se inscribiera sentencia que declaraba la nulidad de la compraventa previa a la adquisición por parte de la recurrente.
La Dirección General confirma la calificación negativa en estricta aplicación del principio de prioridad registral (art. 17 LH), teniendo en cuenta que la escritura presentada es de fecha anterior a la sentencia pero presentada con posterioridad a la misma.