Resolución de 3 de octubre de 2018 (BOE 23 de octubre de 2018). Descargar
Se pretende la inscripción de una instancia que solicita la rectificación de la inscripción dominical. A dicha instancia se acompaña un auto de subsanación del decreto de adjudicación dictado en el seno de una ejecución hipotecaria. El registrador deniega la inscripción, que no se ha seguido contra el titular registral en el momento de presentación del mismo, ya que son parte exclusivamente la entidad de crédito ejecutante y los ejecutados, pues tiene por objeto exclusivamente la impugnación de la liquidación efectuada en el mencionado procedimiento, sin pretender en ningún caso determinar una situación dominical.