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Dos Resoluciones de 22 de mayo de 2019 (BOE 10 de junio de 2019). DescargarDescargar. Seis Resoluciones idénticas, todas ellas de 23 de mayo de 2019 (BOE 13 de junio de 2019). DescargarDescargarDescargarDescargarDescargarDescargar. Dos Resoluciones de 24 de mayo de 2019 (BOE 24 de junio de 2019). DescargarDescargar. Dos Resoluciones de 30 de mayo de 2019 (BOE 24 de junio de 2019). DescargarDescargar

Se presenta en el registro una certificación de un acta de adjudicación directa acordada en procedimiento de apremio fiscal por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, habiendo tenido lugar dos subastas desiertas, la finca objeto de la subasta que se valoró por la Administración tributaria en la cantidad de 13836,00 euros, y, finalmente, mediante el procedimiento de enajenación directa, sin exigencia de tipo o precio mínimo, se resuelve adjudicarlo por el importe de 2853,44 euros.
El registrador deniega la inscripción al haber sido acordada la adjudicación directa en un procedimiento de enajenación abierto el día 27 de junio de 2018, cuando ya había entrado en vigor la reforma del Reglamento General de Recaudación operada por el Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre, que, entre otras modificaciones, suprimía la posibilidad de que, desierta la subasta en segunda licitación, se acordara la enajenación de los bienes embargados por el procedimiento de adjudicación directa, modificación en vigor desde el 1 de enero de 2018.
El abogado del Estado recurre, y la Dirección General desestima el recurso, entendiendo que la reforma señalada obliga en el caso de las subastas desiertas, a que la adjudicación se produzca por el importe íntegro de la deuda, dando lugar a su pago total y no parcial. Desde el punto de vista del deudor, tal adjudicación a la Hacienda Pública habría extinguido totalmente la deuda (siempre que el importe de ésta no rebase el 75% del tipo inicial), sin dejar un remanente insatisfecho que pueda ser perseguido sobre otros bienes de su patrimonio (y ello a pesar de haber perdido la propiedad del bien ejecutado cuyo valor rebasa con mucho el precio de adjudicación).

 

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