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Resolución de 18 de marzo de 2021 (BOE 28 de abril de 2021). Descargar

En los estatutos de la escritura de constitución de una sociedad limitada se incluye en su objeto social como actividad principal “Otras actividades de consultoría de gestión empresarial”, que son consideradas actividades profesionales por el registrador y englobadas dentro de la Ley 2/2007 de sociedades profesionales, y también “CNAE N.º 6492 - Otras actividades crediticias”, así como “CNAE N.º 6499 - Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones N.C.O.P.”, que tampoco son admitidas en la calificación por considerar que son actividades financieras a las que se aplica la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
La notario autorizante alega la indeterminación y vaguedad de la calificación que causa indefensión, lo que es reconocido por la Dirección General, que estima el recurso en cuanto a la actividad principal, que no es una actividad que requiere titulación universitaria ni colegiación obligatoria, si bien lo desestima en cuanto a las actividades crediticias y financieras, tras el examen de los epígrafes CNAE, y las actividades que engloban los mismos.

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