Resolución de 25 de Enero de 2012. (B.O.E. de 12 de Marzo de 2.012). Descargar Resolución.
Al ser ambas actividades incompatibles, tal precisión resulta imprescindible, sin que pueda inferirse inexcusablemente que se dedicará a actividad de agencia.
Como apunta el recurrente, el artículo 27.1.a) de la Ley 6/2.006, de 17 de Julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, sólo para las actividades de correduría de seguros se exige previsión estatutaria expresa. Además, el artículo 23.b) de la Ley de Sociedades de Capital, el 178 del Reglamento del Registro Mercantil abogan por la necesidad de determinar las actividades integrantes del objeto social sin que basten a tal fin genéricas cláusulas de estilo.