Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 11 de julio de 2023 (BOE 28 de julio de 2023). Descargar

Una junta general se convoca por medio de entrega en mano por el notario el 25 de septiembre a dos socios, y al tercero de ellos en la misma fecha por correo certificado con acuse de recibo, celebrándose la junta el día 9 de octubre. El registrador suspende la inscripción por un doble defecto. En primer lugar, porque no consta la forma en que se ha convocado la Junta (arts. 6, 58.2, 97. 2.ª, 112.2 y 112.3 RRM; 173 LSC) y, en segundo lugar, porque no existe entre la fecha de convocatoria y la de la celebración de la junta el plazo de, al menos 15 días, que se computará a partir de la fecha en que hubiere sido remitido el anuncio al último de los socios (penúltimo párrafo del artículo 12.º de los Estatutos sociales, en concordancia con el art. 176 LSC). El interesado recurre: dice que la convocatoria se le remitió al socio por carta y que en el cómputo de los plazos debe incluirse el día en que se hace la convocatoria y el de la celebración de la junta.
La Dirección General revoca el primero, porque al no constar la forma en que se hubiera comunicado a los socios el emplazamiento para la asamblea, puesto que la convocatoria había de hacerse, según los estatutos, por comunicación individual y escrita (art. 173.2 LSC), y consta en la escritura que esa convocatoria fue recibida “en mano” por todos los socios el mismo día, a excepción de uno de ellos, al que se remitió por correo certificado, también en la misma fecha. Y confirma el segundo defecto dado que la junta no ha sido convocada con la antelación requerida (art. 176 LSC), pues en los casos de comunicación individual a cada socio, el término se computará a partir de la fecha en que se hubiere remitido el anuncio al último de ellos, y en el caso concreto los 15 días no se cumplían respecto al último notificado.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo