Resolución de 28 de Enero de 2.014 (B.O.E. de 19 de Febrero de 2.014). Descargar Resolución.
Se deniega la inscripción en el Registro de Bienes Muebles de una póliza de resolución de arrendamiento financiero sobre un vehículo porque no se acredita ni especifica de manera exacta la representación, en este caso orgánica, del administrador de la sociedad arrendataria financiera.
Pues bien, señala la Dirección General que si la representación consta inscrita, vale la reseña identificativa del documento representativo con los datos de su inscripción. Por el contrario, si el título no recoge los datos de inscripción de la misma, deberá reseñar los datos y documentos que pongan de manifiesto la válida designación del representante, por haber sido nombrado con los requisitos legales y estatutarios por el órgano social competente, debidamente convocado y vigente en el momento del nombramiento, incluyendo la aceptación del nombrado y en su caso, la notificación o consentimiento de los titulares de los anteriores cargos inscritos.