Resolución de 8 de febrero de 2016 (BOE 10 de marzo de 2016). Descargar Resolución.
Nombrados dos administradores solidarios para una sociedad, ha de notificarse fehacientemente al anterior, aun cuando su cargo esté ya caducado. Así se deduce de la interpretación concordada del artículo 111 RM, del artículo 222 de la Ley de Sociedades de Capital y del artículo 145.1 RRM. La razón de ello consiste en procurar mayor seguridad jurídica, y a su vez, para evitar la paralización de la vida social.