Resolución de 28 de julio de 2020 (BOE 7 de agosto de 2020). Descargar
Se presenta a inscripción una escritura de aceptación y adjudicación de herencia otorgada por las únicas hijas de la causante, fallecida el día 21 de febrero de 2019, que optó, en testamento otorgado el día 25 de octubre de 2016 ante el mismo notario autorizante y recurrente, por la ley de una de sus nacionalidades, la suiza, no discutiéndose en el expediente que poseía nacionalidad suiza y alemana.
Se acompaña certificado de la ley suiza, pero no se justifica la ausencia del cónyuge viudo, exigiendo la Dirección General que el Notario, a pesar de existir ese certificado, emita un juicio basado en la prueba del Derecho aplicable a la sucesión, del contenido de la ley con base en la cual es omitida la comparecencia del cónyuge viudo, y de los requisitos mínimos exigibles al certificado de herederos emitido, así como un juicio de equivalencia funcional del título extranjero con el que emitiera una autoridad española.