Resolución de 29 de junio de 2023 (BOE 17 de julio de 2023). Descargar
En el presente supuesto, habiendo adquirido la causante un bien con carácter privativo por confesión de su esposo, se pretende adjudicar el bien, pero la registradora exige el consentimiento de la hija adoptiva del confesante, lo que es confirmado por la Dirección General, sin que sea óbice a esta conclusión el hecho de que en la partición de la herencia del confesante no se hubiera incluido dicha finca.