Resolución DGSJyFP de 1 de marzo de 2022 (exp. 347/2021)
El recién nombrado administrador de una sociedad solicita de un notario la expedición de copia simple de las escrituras que hubiera otorgado la mercantil en un determinado periodo de tiempo, coincidente con el de vigencia del cargo del anterior administrador.
El notario entiende que no existe por su parte obligación de investigar qué instrumentos ha otorgado la sociedad y exige que se concrete la solicitud a documentos concretos identificables por fecha, número de protocolo o contenido.
La Dirección General admite el recurso de queja contra esa negativa, considerando que los medios informáticos con los que cuentan las notarías y los índices informatizados que obligatoriamente debe llevar el notario le permiten localizar las escrituras solicitadas, sin que ello conlleve para el notario una carga de verdadera investigación.