Resolución DGSJyFP de 1 de marzo de 2022 (exp. 479/2021)
Reitera esta resolución que, dada la naturaleza estrictamente profesional de las actuaciones de los notarios en materia de gestión, las mismas se regirán por las normas civiles correspondientes al contrato celebrado (depósito, mandato, arrendamiento de servicios...) y, en consecuencia, el enjuiciamiento de su procedencia o adecuación corresponde a los Tribunales Ordinarios de Justicia, y no a este Centro Directivo, que carece igualmente de competencia para pronunciarse sobre la existencia o no de dichas relaciones jurídicas de gestión, sobre la que discrepan reclamante y reclamado.