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Resolución de 9 de marzo de 2023 (BOE de 27 de marzo de 2023). Descargar

Es reiterada la doctrina de la Dirección general que el Notario en su juicio de suficiencia de las facultades representativas debe reseñar también en su caso, que se ha salvado el autocontrato y conflicto de intereses.
Parece reconocer el Centro Directivo que si se tratara de mero nuntius y se recogiera expresamente por el notario en su juicio se salvaría el riesgo de conflicto.

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