Resolución de 13 de julio de 2015 (BOE 22 de septiembre de 2015). Descargar Resolución.
Se deniega la inscripción de un leasing en póliza intervenida en donde, falta identificar la de algunos en su propio nombre y derecho como fiadores. Ha de expresarse el concepto en que interviene cada firmante, el cual no aparece explícitamente como contenido necesario de la póliza en el artículo 197 f), ni se recoge en el artículo 197 quater. Sin embargo, un principio de claridad y precisión en la fe pública hace necesario que los diversos conceptos en que los otorgantes comparecieron ante Notario resulten del texto de la intervención notarial, a la cual -a falta de regulación específica en este extremo- le será de aplicación el artículo 164 del Reglamento Notarial.