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RESOLUCIÓN DE 14 DE FEBRERO DE 2011 

Observaciones del notario denunciado sobre la publicidad de los denunciantes, celebración de inauguraciones o entrega de regalos, intervención de pólizas que no hayan sido firmadas en presencia del Notario, condonación de escrituras de declaración de obra nueva y división horizontal a determinados clientes y la denigración de otros compañeros por la anterior pertenencia al Cuerpo de Corredores Colegiados de Comercio. Se estima en parte.
"...Carteles de semejante tamaño son más propios de comercios que de una notaría y, además, en caso de poblaciones con varias notarías son sin duda un reclamo al público que frente al resto de Notarios que se adaptan a los criterios reglamentarios en su publicidad, puede ser constitutivo de un acto de competencia ilícita. En consecuencia, ambos carteles deben ser retirados.
Por último, no pueden dejarse pasar por alto las gravísimas acusaciones que en su informe hace la notario denunciada respecto a los denunciantes, acusaciones que a pesar de la pasividad de la Junta Directiva, que se limita a decir que "abunda después la Notaria en distintas consideraciones en torno a lo que son prácticas comerciales que tampoco creemos conveniente reproducir ni repararen mayor consideración", exigen la apertura de la correspondiente información reservada para determinar la veracidad de las mismas y exigir la responsabilidad procedente bien para los notarios acusados, si llegara a demostrarse, bien para la notario acusadora, si se demuestra la falsedad de sus imputaciones. Y se recuerda expresamente a la Junta Directiva que es su obligación velar por la más estricta disciplina de los notarios en el cumplimiento de sus deberes funcionales, colegiales y corporativos, corrigiendo sus infracciones, de conformidad con lo dispuesto en el régimen disciplinario
".

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