RESOLUCIÓN DE 27 DE OCTUBRE DE 2010
Necesidad de distinguir documentos constitutivos o modificativos de la entidad social, de aquellos otros que documentan negocios celebrados por la sociedad con terceros, con relación a los cuales el interés del accionista sólo se ve mediatamente amparado por las normas que tutelan el derecho de información del socio, derecho éste que además de no revestir carácter absoluto, cuenta con un cauce tipificado para su ejercicio ante la junta general.