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RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2010 

En escritura de compraventa de vivienda con nota continuada donde consta la existencia de una hipoteca que grava la finca, si bien en el apartado de cargas se manifiesta por la parte vendedora que dicha hipoteca estaba cancelada. Con posterioridad se ejecuta la hipoteca. No procede la reclamación.

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