Resolución de 16 de septiembre de 2024 (BOE 5 de noviembre de 2024). Descargar
La mera instancia presentada no permite proceder a la rectificación del Registro. No se ha aportado, tampoco, el título rectificado que motivó la inscripción, ni concurren los interesados a su rectificación, ni siquiera considera la registradora que se haya producido un error de concepto.