Resolución de 14 de marzo de 2016 (BOE 6 de abril de 2016). Descargar Resolución.
La Dirección General desestima el recurso pues ni consta el consentimiento de dicho titular registral, ni aparece que el procedimiento en el que recayó la sentencia cuya inscripción se solicita, se haya entablado directamente contra él. Lo mismo ocurre para rectificar (superficie, linderos) la descripción registral de una finca en comunidad: es necesario el consentimiento de todos los condueños (Resolución de 13 de octubre de 2009).