Resolución de 27 de Mayo 2.013 (B.O.E. de 1 de Julio de 2.013). Descargar Resolución.
Esta decisión del Registro de origen fue objeto de recurso gubernativo y la Dirección la revocó. Pero sin esperar a la resolución del recurso, el título fue presentado al Registro de destino, que calificó negativamente por no constar la expresión de inexistencia de obstáculos por parte del Registrador de origen. Esta decisión registral no pudo ser otra en el momento en que se emitió y a la luz de la documentación entonces aportada.