Resolución de 11 de diciembre de 2020 (BOE 28 de diciembre de 2020). Descargar
El artículo 279 de la Ley de Sociedades de Capital establece que inscrito el nombramiento de auditor voluntario, el depósito de las cuentas solo puede llevarse a cabo si vienen acompañadas del oportuno informe de verificación.