Resolución de 23 de Febrero de 2.013 (B.O.E. 19 de Marzo de 2.013). Descargar Resolución.
Se suspende la práctica de un depósito de cuentas por no presentar un ejemplar del informe de los auditores de cuentas. Se recurre alegando la falta de medios económicos de la Compañía para satisfacer el importe de la auditoría por lo que el auditor emitió un informe expresando que no puede expresar opinión sobre las cuentas anuales del ejercicio 2.010.
La Dirección General desestima el recurso afirmando que no cabe equiparar la emisión del informe de auditoría con la denegación por falta de medios o por falta de pago.