Resolución de 15 de junio de 2017 (BOE 6 de julio de 2017). Descargar Resolución.
Se rechaza el depósito de cuentas anuales por falta de informe del auditor de cuentas, habiéndose nombrado instancia de socio o socios minoritarios un auditor, que consta inscrito en el Registro Mercantil (art. 265-2 LSC).