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Resolución de 1 de diciembre de 2022 (BOE 20 de diciembre de 2022). Descargar

En un supuesto de una sociedad con dos administradores solidarios fallece uno de ellos, se disuelve la sociedad y se nombra liquidador único al otro administrador, por acuerdo de junta universal de socios.
La Dirección General, en desestimación del recurso afirma que para inscribir el nombramiento del liquidador es imprescindible inscribir el cese del administrador mediante la presentación del certificado de defunción.

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