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Resolución de 5 de Septiembre de 2.011 (B.O.E. de 20 de Octubre de 2.011). Descargar Resolución.

Se deniega la inscripción de una de las actividades que integran el objeto social que se reproduce de los Estatutos-tipo aprobados por Orden JUS/3185/2.010, de 9 de Diciembre, en desarrollo del artículo 5.Dos del Real Decreto-Ley 13/2.010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, concretamente «Comercio al por mayor y al por menor. Distribución comercial. Importación y exportación», pensando el Registrador, y de igual forma el responsable de la calificación sustitutoria, que es indeterminado por genérico.
Lógicamente la Dirección General, revoca la calificación ya que no puede rechazarse la cláusula debatida por el hecho de que atienda al puro criterio de la actividad, sin referencia a productos o a un sector económico más específico, y, además, cita en apoyo de sus argumentos los Estatutos-tipo citados.

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