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Resolución de 2 de septiembre de 2021 (BOE 14 de octubre de 2021). Descargar

No puede practicarse inscripción alguna relativa a dichas entidades que causaron baja. Solo podrán extenderse los asientos ordenados por la autoridad judicial o aquellos que hayan de contener los actos que sean presupuesto necesario para la reapertura de la hoja, así como los relativos al depósito de las cuentas anuales.

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